La Caja: beneficios

Compartimos el articulo de opinión del Diario Río Negro por Luis Virgilio Sánchez.

El 27 de septiembre del 2012 escribí una columna de opinión en este diario donde expliqué, desde un punto de vista jurídico, los vicios de origen y la inconstitucionalidad en la creación de la Caja Previsional para Profesionales de la Provincia del Neuquén, una corporación privada cuyo “interés público” a esta altura se observa como una mera enunciación, o peor aún, un eufemismo.


El vicio fundamental de este sistema previsional radica en la obligación compulsiva de afiliados dispuesta por el art. 6° de la Ley 2223, para que ingresen a un régimen previsional de capitalización, que carece de convenios de reciprocidad con otras cajas y que no tiene nada que ofrecerles a sus afiliados compulsivos, ni siquiera la garantía de una jubilación digna cuando estén en edad de jubilarse.


Actualmente, la inexistencia de prestaciones a sus afiliados y la voracidad en la percepción de aportes, llevando adelante -incluso en medio de la pandemia- ejecuciones masivas contra los profesionales de la provincia, revela que la Caja de Profesionales de la Provincia del Neuquén jamás representó los principios solidarios a tenor de los cuales se pretendió justificar la compulsiva afiliación, claramente inconstitucional.


Repasando un poco su corta historia, en 1997 la Legislatura provincial, contraviniendo el art. 125 inc. 2 de la Constitución Nacional y 12 de la Constitución Neuquina, sanciona la Ley 2045, que en su art. 1° delega en los colegios de profesionales la facultad indelegable de crear y administrar un sistema de jubilaciones, pensiones y retiros con carácter obligatorio para sus matriculados.


A partir de allí, los profesionales de Neuquén, “manu militari” se ven ilegítimamente privados de su libertad de elección para realizar sus aportes previsionales por su trabajo personal, a un Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJyP) como el ANSES o el ISSN, que además de tener convenios de reciprocidad de aportes, brindan servicios e incluso garantías a sus afiliados de obtener una jubilación digna, con el correspondiente respaldo estatal.


Obviamente que la Caja Previsional para Profesionales del Neuquén carece de todos esos beneficios y características fundamentales por las cuales un profesional la elegiría libremente.
 La mayoría de los profesionales de la provincia de Neuquén  son monotributistas y, por lo tanto, si en vez de obligarlos a realizar los aportes a la Caja se les permitiera realizar sus aportes por el ejercicio de su profesión liberal al ANSES, estos aportes no sólo tendrían la virtud de financiar de manera solidaria el Sistema Integrado de Jubilaciones, que sólo puede ser garantizado mediando convenios de reciprocidad con otras cajas, sino que a su vez, estos aportes contarían con la garantía del Estado Nacional, lo que completaría el supuesto “interés público” que justifica la incorporación compulsiva de sus aportantes.

Los profesionales de Neuquén alimentan compulsivamente una Caja de Previsión que no brinda ningún servicio previsional y ofrece jubilaciones paupérrimas a pocos.


Sin embargo, como ya señalé, la Caja de marras no sólo carece de convenios de reciprocidad de aportes, sino que además ni siquiera el Estado neuquino que le otorgó “irresponsablemente” esas facultades a la aludida corporación, garantiza y/o respalda la integridad de los aportes, el control, y/o la administración de los mismos. Sólo baste trascribir la Ley Provincial 2223, que organiza la Caja Previsional en su art. 86: “El Estado provincial no asume responsabilidad ni garantiza la administración de los recursos o los compromisos contraídos por la caja”.  Textual de la Ley, aunque el énfasis me pertenece.


Entonces, la incorporación compulsiva de afiliados a la Caja Voraz, lejos de responder al bien común, desfinancia a un Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones como el ANSES y priva a los profesionales de acogerse a los beneficios de la jubilación, donde la totalidad de los aportes que se hicieron a lo largo de su vida laboral fueran útiles para todos mientras estuvo activo, para finalmente ser gozados íntegramente por el aportante en la pasividad.


 Lamentablemente, los profesionales de la provincia del Neuquén muy lejos están de ese esquema, ya que deben alimentar compulsivamente con su patrimonio la voracidad de una Caja de Previsión que sólo se alimenta a sí misma, que no brinda ningún servicio previsional, que no ofrece ningún tipo de garantía a sus aportantes, y cuyo vetusto y anacrónico régimen de capitalización sólo ofrece jubilaciones paupérrimas a muy pocos jubilados, ya que la mayoría de los profesionales que se encuentran en condiciones de retiro deciden no acogerse a ese beneficio y continuar ejerciendo su profesión, aun superada la edad para jubilarse, ya que ello al menos les garantiza conservar ingresos dignos que la Caja Voraz no está en condiciones de proporcionarle.

* Abogado de Neuquén.